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jueves, 14 de marzo de 2019

Gestión de Cuentas y Prevención del Sobrendeudamiento.


SOBREENDEUDAMIENTO EN ESPAÑA:

   En los últimos años, España ha demostrado que la capacidad de afrontar los gastos con el patrimonio de cada uno, no está controlado.
   Aquí os muestro un gráfico que muestra la deuda de España, donde se puede ver como cada año aumentaba (1996-2008) sin embargo, la cifra española sigue creciendo conforme pasan los años: Pero de este gráfico,aunque es importante observar todas las áreas, me quiero centrar más en las barras azules, donde pone FAMILIAS:Las familias han aportado una gran diferencia conforme al paso de los años.
 


 
   Para poder financiarnos, existe una gran variedad de productos financieros los cuales, nos ayudan a conseguir nuestros objetivos sin la necesidad de tener el dinero en físico. Como hemos dado en la segunda evaluación, dentro del presupuesto familiar el endeudamiento es una parte importante de la economía doméstica.
Una gran parte de las situaciones de sobreendeudamiento de las familias en España se da a causa de los préstamos hipotecarios y condiciones abusivas.
   A los consumidores endeudados es complicado ayudarles, pues los cambios de legislación impuestos por organizaciones encabezadas por la Plataforma Hipotecaria de ADICAE y los movimientos sociales antidesahucios no han logrado resolver el asunto y siguen sin ser solucionados la mayoría de estos problemas.
   ADICAE en concreto, lleva mucho tiempo planteando alternativas. Sin embargo, el gobierno no quiere imponerlas por presión de las entidades (bancas, grandes grupos empresariales, telefónicas...)
A pesar de esto, ADICAE no se rinde. Seguirán luchando por establecer la llamada:

  "Segunda Oportunidad"
   Es una propuesta que tanto de normativa hipotecaria como de prevención y solución de situaciones de sobreendeudamiento en leyes específicas.
Ayudan desde hace ya más de 10 años a la organización y defensa de los consumidores con instrumentos como la guía que voy a resumir a continuación.



PRODUCTOS FINANCIEROS: 
La principal causa del sobreendeudamiento:

Préstamos personales:
   Te permiten endeudarte para poder conseguir objetivos, poniendo como garantía todos los bienes presentes y futuros en caso de no pagarlo.
    Antes de nada, uno tiene que saber su capacidad de endeudamiento. Es decir, si los ingresos con los que vas a contar son fijos para poder pagar todas las cuotas, teniendo presentes que puede haber imprevistos. También debes saber que los intereses oscilan entre un 8% y un 13%. y que a mayor plazo de amortización, mayores son los intereses.
   Al tomar una decisión debes planificar las cuentas, buscar el mejor precio comparando con otros productos y en diferentes entidades, examinar detenidamente las condiciones del préstamo y exijir la máxima información posible sin que queden dudas. Para ello es aconsejable acudir a una Asociación de Consumidores (como ADICAE)
   A demás existen costes adicionales voluntarios de seguros de potección de pagos y a veces la entidad les establece unidos para poder vederlos a toda costa. No aceptes productos que son innecesarios.

Créditos al consumo:
Satisfacen necesidades personales, es un documento por escrito y firmado del cual el consumidor debe poseer una copia.
 En él aparece:
  1. Importe del crédito
  2. Importe de las cuotas de amortización 
  3. Número de cuotas y su periocidad
  4. TAE 
  5. Necesidad de constitución de garantías o seguros y su importe
  6. Comisiones, penalizaciones y otros gastos derivados.
   Si en el contrato no está el tipo de interés (TAE): El consumidor sólo está obligado a pagar el interés legal en los plazos convenidos.
   Si no existe información acerca de los pagos, el importe o el número y periocidad: El consumidor sólo tiene que pagar el precio al contado o el nominal del crédito en los plazo convenientes.
*La concesión total del crédito inferior a 200€ no entra en la regualción normativa.

Créditos rápidos y tarjetas:
De los créditos rápidos hablo en mi otra entrada. 
   Así que paso a hablar sobre el mal uso de las tarjetas.
De las tarjetas de crédito tengo un trabajo hecho en educación Financiera, os invito a verlo aquí o en el lateral de mi blog.
En el trabajo, expongo claramente las diferencias entre trajeta de crédito yde débito.
     Crédito: Permiten el pago sin necesidad de tener el dinero en efectivo, por lo que tienen un gran riesgo de endeudamiento. Si te sobre pasas, al permitir aplazar esos pagos, se te implantarán altos intereses.
     Débito: Descuentan la cantidad extrayendo el dinero de la cuenta bancaria a la que está vinculada.
Las tarjetas de crédito utilizadas sin control te llevan a una espiral de endeudamiento sin salida.

Préstamos hipotecarios:
La hipoteca es el mayor gasto que va a asumir uno en su vida. Por ello hay que tener presente a qué nos enfrentamos siendo conscientes de que no sólo es el precio de la casa, sino gastos derivados como tipo de interés, papeles, documentación, impuestos...


CONSEJOS Y ADVERTENCIAS:
  1. Recuerde que la cantidad a pagar cada mes puede variar
  2. Es recomendable haber ahorrado un 30% del precio de la vivienda
  3. Pida siempre la oferta vinculante
  4. Las entidades financieras ofrecen productos vinculados para "abaratar" el coste de la hipoteca.
  5. Cuidado con el diferencial. El Euríbor esta ahora bajo pero su tendencia al alza podría perjudicarlo en la subida de la cuota hipotecaria si has elegido el interés variable.
  6. Presta atención con los avales. Le comprometerán toda la vida 

PROBLEMAS DE IMPAGO:
  • Si se cumple con los estrictos requisitos del Código de Buenas Prácticas:
   Ley de protección de deudores hipotecarios sin recursos, son una serie de medidas en el ámbito de las familias hipotecadas con problemas de pago para que los bancos y cajas que voluntariamente se adhieran sigan un protocolo para ayudar a reducir la carga mensual o, en caso de no ser posible evitar la ejecución hipotecaria, se pacte una dación en pago.
Se les aplica tres principales medidas:
   - Sin amortización de capital durante 4 años.
   - Ampliación del plazo del préstamo hasta 40 años.
   - Reducción del tipo de interés a Euríbor + 0,25.
  • En caso de no cumplir los requisitos y no aplicarse el Código de Buenas Prácticas:
Se pueden negociar 4 medidas:
   - Eliminación o rebaja de las cláusulas suelo
   - Una amortización mayor: Se reduce la cuota mensual pero se pagan más intereses
   - Solicitar un periodo de carencia: Se utiliza cuando se prevé que los ingresos aumentaran.
   - Dación de pago: Sería la última opción ya que supone la pérdida de la vivienda



12 CONSEJOS PARA PREVENIR EL ENDEUDAMIENTO
  1. No solicite un préstamo para pagar otro
  2. Conocer el mundo financiero puede ayudarle a tener una formación y evitar ser víctima de abusos
  3. Mantener siempre algo ahorrado `para los imprevistos
  4. A la hora de comprar una vivienda, tener ahorrado al menos el 30% del precio de la casa
  5. Tenga cuidado con los intereses muy altos... No se deje llevar por la publicidad
  6. Si la cuota de su préstamo hipotecario no ha bajado en los últimos años seguramente sea victima de la cláusula suelo.
  7. No es aconsejable dedicar más del 30% de los ingresos al endeudamiento.
  8. Estudie el presupuesto del hogar, mantenga el control y analícelo para hacer un próximo presupuesto anual realista.
  9. Tiene un coste elevado muy poco transparente
  10. Tenga las tarjetas justas y necesarias. Preferiblemente tenga de débito.
  11. Si no puede asumir la hipoteca, infórmese y negócielo con el banco para encontrar una solución justa.
  12. Antes de firmar, exija una copia. Si no entiende algo acuda a organizaciones como ADICAE



GESTIÓN DE PRESUPUESTO Y AHORRO EN SERVICIOS BÁSICOS:


El presupuesto familiar es una gran herramienta para sacar el máximo partido a los ingresos:
Es importante analizar los hábitos de consumo. Utilizando el presupuesto familiar para la gestión y previsión optimizando los recursos para intentar llegar lo más desahogados posibles a fin de mes.
Es aconsejable apuntar en una tabla los ingresos netos y desglosar los gastos (guardar los tickets es una de las maneras más organizadas)
Hay que diferenciar tres tipos de gastos siguiendo la misma clasificación que en nuestro libro de texto de Economía:
Gastos fijos obligatorios: Nos hemos comprometido por contrato así como la hipoteca.
Gastos corrientes: Pueden variar, pero son necesarios (agua, comida, ropa...)
Gastos ocasionales: Englobados por el ocio, caprichos etc.

He calculado un hipotético caso de una familia con 4 miembros, dos hijas y se van de vacaciones dos veces al año,  utilizado el simulador de Presupuesto Familiar de ADICAE me ha salido estos resultados:














Ante una situación de sobreendeudamiento:  
  • Organizar ingresos y gastos
  • Estimar los gastos corrientes, recapacitar y reducirlos o anularlos cuanto antes
  • Dar prioridad al pago de hipotecas, préstamos y créditos pues estos le llevaran a más endeudamiento. 
  • Compruebe su cuenta con seguros de protección de pagos vinculados a estos préstamos que pueda utilizar
  • Infórmese de si puede ser beneficiario del bono social eléctrico o de telefonía fija. 
Propuesta de ADICAE para regular el sobreendeudamiento:
   La regulación es necesaria a través de una Ley específica que ponga medidas para prevenirlo. Para ello, esta ley articularía la Creación de Unidades de Prevención a través de Asociaciones de Consumidores.
   Creación de un procedimiento concursal específico para los consumidores, permitiendo ordenar sus deudas con arreglo a sus ingresos. Evitando la pérdida de la vivienda ante todo e impedir verse condenado a una deuda perpetua. 



REDUCCIÓN DE GASTOS:

   Los suministros básicos conllevan entre 2500 y 3000€ anuales. A parte de que una parte de esta cantidad está unida a pautas fijas, hay otras en las que se puede reducir el gasto.

   Consejos para reducir el gasto de energía:
  • Usar bombillas de bajo consumo y apagar las luces que no esté utilizando
  • Mejorar el aislamiento de de aperturas que den al exterior para que no se vaya el calor.
  • En invierno, procurar que 21º sea el límite, entre 6 y 8 horas de encendimiento.
  • Aprovechar al máximo la capacidad de la lavadora, pues es electrodoméstico que más energía utiliza, y más si se ponen lavados a altas temperaturas (requiere mucha energía)
  • Desconectar los cargadores cuando no estén utilizándose
  • Apague los electrodomésticos totalmente
  • Apague el horno antes de que el alimento esté totalmente cocinado, se hará con el calor restante.
   Consejos para reducir el gasto del agua:
  • Elegir la ducha frente al baño
  • Instale difusores reductores del caudal en sus grifos.
  • Los electrodomésticos utilizan A+ como mínimo
  • Cierre los grifos cuando no esté utilizando el agua.
  • Programa la lavadora y lavavajillas cuando esté al máximo de su capacidad
  • Revise que los grifos no gotean
   Consejos para reducir el gasto en telecomunicaciones:
  • Busque el número de minutos que más se adapte a ti.
  • La competitividad entre compañías da lugar a buenas ofertas. Compare siempre



¿A QUIÉN RECLAMAR EN CASO DE ABUSO?


Servivios financieros:
 (a través del servicio de atención al cliente)
  1. Productos bancarios, comisiones abusivas: Banco de España
  2. Productos de inversión: CNMV 
  3. Seguros y planes de pensiones: Dirección General de Seguros
Disponen de dos meses para contestar.




Servicios de interés general: (a través del servicio de atención al cliente)
  1. Energía: Consejería de Industria de las Comunidades Autónomas
  2. Telecomunicaciones: Oficina de atención al Usuario de Telecomunicaciones
  3. Transporte: Juntas arbitrales de Transporte 
Disponen de un mes para contestar.



PROBLEMAS EN LOS SISTEMAS DE RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL:

ADICAE Reclama una reforma eficaz de los servicios de reclamaciones.
Esto pasa porque los sistemas utilizados actuales no son eficaces y desmotivan al consumidor.
Ya sea por plazos mayores a 6 meses, falta de voluntad y entrega por parte de los organismos reguladores, no existe vinculación de los informes emitidos. Según los datos que tiene ADICAE, menos del 20% de las reclamaciones favorables a los clientes se aceptan rectificar por parte de las entidades financieras.
Debería regularse el compromiso de adhesión, sin posibilidad de la limitación según su conveniencia.
Suelen limitar tanto las posibilidades que las Juntas Arbitrales se convierten en los servicios de atención al cliente gratuitos, y sólo para lo que le interese a las empresas.


La realidad del sobreendeudamiento.

   He podido comprobar que el endeudamiento no es malo, solamente se convierte en negativo cuando está en exceso. En internet he encontrado un caso de una familia.
Éstos poseen varios bienes inmuebles, de los cuales; dos están en arrendamiento (alquilados) y en lo que se refiere a economía doméstica, son aproximadamente un tercio de los ingresos. 
  La clave está en priorizar los gastos, una buena organización y en determinados momentos de la vida (si es necesario) ajustar el estilo de vida a la situación económica familiar presente y futura.           Esa es la conclusión que me han transmitido al leer su experiencia. Una visión a lo largo del tiempo nos puede ayudar a distribuir y organizarnos mejor. Tampoco puedo negar que la suerte económica y financiera les ha acompañado en la mayor parte del tiempo.
   Uno de los inmuebles que tienen, lo pudieron comprar gracias a la gran indemnización de un seguro, el cual; cuando ocurrió el siniestro se llevó dos veces a juicio porque la suma asegurada era muy elevada. (La cantidad fijada en cada una de las garantías de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el Asegurador, en caso de siniestro, y salvo pacto en contrario.) Con esto quiero marcar que cuanto más se aplazaba la indemnización, el seguro cada vez tenía que entregar más pesetas.

   A demás, a lo largo de su vida han hecho unos 10 grandes préstamos, dedicados a la compra de tres coches, para un hogar fuera de la península, otros dos bienes inmueble aparte de la vivienda habitual, un local para el trabajo sobre la cunicultura y una furgoneta para el transporte de la misma.
Mas luego, préstamos un poco más pequeños para bienes muebles.
   El endeudamiento les ha ayudado en sus distintas fases y situaciones, por lo tanto dan una visión positiva de los préstamos, gracias al endeudamiento, han podido completar sus objetivos y mantener su actividad económica muy fluida.

   Pero cada familia tiene una situación familiar y económica diferente, con distintos objetivos y planes futuros. A nivel global, no siempre sale bien ya sea por falta de control, descuido o desconocimiento del mundo financiero.
Es algo habitual, sin embargo esto hace que se llegue al Sobreendeudamiento.


http://www.icog.es/files/guiaeae.pdf *(este enlace no me deja ponerlo en el symbaloo porque es un pdf)



miércoles, 13 de marzo de 2019

Los Riesgos de los Créditos Rápidos


   Las empresas que se dedican a la concesión de los créditos rápidos nos venden un mensaje muy fácil, corto y directo. Algo muy tentador con una voz convencedora. La publicidad hace mucho efecto sobre nosotros. Estas empresas van a por los clientes que necesitan ese dinero con urgencia o por lo menos que creen que lo necesitan, y/o blancos fáciles como los consumidores impulsivos.
   Pero obviamente no es todo tan bonito, técnicamente no es un engaño, pero el error que cometen la mayoría de gente que se ve apurada económicamente; es mirar por el dinero que va a poder tener en cuestión de minutos, sin mirar los tan elevados intereses que tienen estos créditos. Pues necesitan llegar a fin de mes, o hacer pagos importantes inmediatos
.
   Esto va más allá de lo que cualquier persona pueda pensar, al mencionar intereses altos, no te imaginas que pueden superar el 4000% de la TAE , claúsulas abusivas, en definitiva intereses desproporcionales. Por no hablar de los elevados cobros si se realiza el impago del mismo.



¿QUÉ SON LOS CRÉDITOS RÁPIDOS?

   Son pequeñas cantidades de dinero los más habituales no llegan a los 1000€, NO recomendados a empresas, pues están dirigidos a familias y a los particulares. Se conceden de un modo muy veloz e instantáneo, los plazos de devolución son cortos yaque son cantidades pequeñas y como he comentado antes tienen unos intereses muy superiores a los normales del mercado.

   Habitualmente son conocidos por la publicidad que se dan en televisión, en internet o a través de un típico número de teléfono fácil de aprender o apuntar.
   No tienen mayor complicación que con una simple llamada podemos acceder a este espontáneo método de financiación. Es algo que resulta tan sencillo que estamos a un click de tener ese dinero que te sacrá de ese apuro, pero sin embargo puede que te meta en otro en un futuro.
Por lo tanto, no debemos solicitar un nuevo crédito para cubrir deudas que uno tenga.

   He ido a Welp, una de las empresas que dan este tipo de créditos y he simulado que quería un crédito para ver de primeras los datos que me preguntaban: Lo que más me ha sorprendido es que en el apartado "desearía" donde debes indiciar para que quieres ese crédito, te deje elegir la opción "lo estoy pensando". Es decir, no tienes por que saber para que quieres el dinero pero si le quieres tener porque sí, le puedes tener.
   Creo que el mayor problema de estos créditos es que la gente no se informa lo suficiente como para saber que a este método de financiación solo se debería acudir en casos de emergencia.       Antes de nada deberíamos plantearnos una pregunta básica pero muy importante.    ¿Realmente necesitamos ese dinero?
Aquí es cuando alguien puede pensar en informarse por Internet, y una de las opciones más utilizadas es ir a una página que te englobe varias empresas con las supuestas mejores ofertas.
Por ejemplo en la página web "mil créditos rápidos" te aparecería esto en la pantalla.



Ese mensaje de "¿puedo ayudarte?
   En la que te aparece una de las trabajadoras de esta plataforma del departamento de atención al cliente. Te deja enviarle una consulta rápida. Pero nada más que pongas el click sobre esa mini-ventana, te aparecen tres opciones a mayores, en la que te permite llamarles, enviarles un correo o dejar constancia de que posteriormente te llamarán ellos. Más facilitado ya no puede estar pues te ofrece la máxima ayuda para que elijas (o elija por ti) uno de los muchos préstamos que te recomiendan.
   También te ofrece asesorarte, pero... ¿Te recomendará el crédito más conveniente para ti, o el más conveniente para ella? (con el que más beneficio saque la empresa)
Hará lo posible para no mostrarte toda la verdad. Pues al pedirla ayuda ya estás mostrando que no tienes un conocimiento financiero alto (al menos en este tema) Por lo tanto, se beneficiará de ese punto negativo que has dejado mostrar.


ADICAE
   Es una organización creada en 1988 especializada en la protección, formación, reclamación, información y reivindicación de los derechos de los usuarios de servicios bancarios y seguros.
   Es miembro del Consejo de Consumidores y Usuarios de España y representa a los consumidores en el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en la Junta Consultiva de la Dirección General de Seguros. Además, también se ha llegado a Europa con prestigiosos proyectos con la Comisión Europea.
   ADICAE, que comenzó defendiendo los derechos de los consumidores en las cajas de ahorros aragonesas  así como Ibercaja, ahora sigue haciéndolo a nivel estatal, con demandas presentadas contra los gestores de las cajas «rescatadas» por el Estado: Bankia, Caja Castilla La Mancha, Novacaixa Galicia, Catalunya Caixa... 
   Lamentablemente los problemas colectivos de los consumidores se hacen más evidentes cada año: productos de ahorro que estafan «legalmente» a millones de familias, comisiones sangrantes sin ningún tipo de control, etcétera. Por eso, ADICAE seguirá luchando por despertar al consumidor rnde su letargo individualista.
   El consumidor debe adoptar una posición activa y crítica que se transforme en fuerza colectiva para cambiar la economía y el sistema financiero. Los consumidores deben organizarse para que la corrupción de banqueros, políticos, empresarios etc, causantes de la grave crisis que padecemos, no se acabe pagando injustamente. Según esta organización: ¡Otro mundo es posible!... y necesario.

   Velan por la transparencia de los servicios que nos ofrecen las entidades financieras, nos resuelven las dudas y no aportan la información, defienden nuestros derechos como consumidores y nos dan los consejos necesarios. 
   Para ello, cuentan con cursos online, guías (como en lasque me he basado a continuación), libros y ofrecen estudios al consumidor. También realizan campañas y organizan actividades.

  



¿QUÉ DERECHOS OBTIENES AL SOLICITAR UN CRÉDITO RÁPIDO?

  • El contrato:
En el documento, debe estar reflejado:
  1. El tipo de crédito
  2. Importe y condiciones que rigen la disposición del dinero
  3. Importe total del crédito y condiciones que rigen la disposición de fondos
  4. Duración del contrato
  5. El tipo deudor y las condiciones de aplicación de dicho tipo.
  6. La TAE y el importe total adeudado por el consumidor mediante ejemplos que calculen hipotéticas tasas.
  7. El importe, el número y la periodicidad de los pagos
  8. Gastos derivados del contrato (gastos de mantenimiento de una cuenta obligatoria entre otros)
  9. Los servicios accesorios al contrato de crédito (en particular de seguro)
  10. El tipo de interés de demora y los gastos por impago
  11. Una advertencia sobre las consecuencias en caso de impago
  12. Las garantías exigidas
  13. La existencia/ausencia de derecho de desistimiento
  14. El derecho del consumidor a recibir gratuitamente, previa solicitud una copia del proyecto de contrato.

*Siempre le tienen que dar una copia de lo que firma, en caso contrario: exíjala.

  • Regulación de los créditos rápidos:
  Si el crédito rápido es superior a 200€:
Ley de Crédito al consumo y Ley de comercialización a distancia de servicios financieros
  Si el crédito es inferior a 200 €:
Código Civil, y Ley de comercialización de servicios financieros a distancia.
   En ambos casos, será aplicada el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

  • Derecho de desistimiento:
  Se tiene un plazo de 14 días naturales desde que es firmado. Se tendrá que devolver el dinero total y los intereses proporcionales al tiempo correspondiente del plazo. 
  • Reembolso anticipiado:
  Se puede devolver de forma total o parcial anticipadamente. (Se puede reducir el coste total del crédito, así como los intereses; independientemente de que se hubiesen pagado ya.
Pero también existe comisión de cancelación parcial o total.
  • Cesión de los derechos:
  Si no le pagamos y la entidad que nos cocedió el crédito cede los derechos de cobro a una empresa degestión de cobros, conservamos los mismos derechos.

  • Contrato de crédito rápido:
  Escrito en papel o en un soporte duradero. Redactado conletra legibe y debera contener todo lo descrito como he indicado anteriormente en el apartado "El contrato"
Recuerda que si elcontrato es menor a 200€ las condiciones y derechos están fuera de la normativa.



IRREGULARIDADES EN LA CONCESIÓN:

  Las empresas de créditos rápidos no informan del todo al consumidor, poniendole en peligro.
Usualmente las empresas son más usureros que los bancos.
Algunas de las empresas que ofrecen este producto son:







Varios estudios realizados por organizaciones como ADICAE demuestran que la información 
facilitada por estas empresas es casi nula.
Algunos de los problemas detectados son:

Falta de información al consumidor: Falta de transparencia, publicidad con  llamativos lemas y fotos satisfactorias que nos engaña.

El coste del crédito: Tipos de intereses por las nubes ya sea porque no evalúan la solvencia del cliente correctamente o no exigen requisitos mínimos con tal de vender el producto, entonces, para cubrir los impagos toman este tipo de medidas.
Estudios realizados por ADICAE delatan que existen créditos en los que la TAE supera el 400%, y si nos retrasamos al pagarlo se puede llegar hasta a multiplicar.

El peligro de la inmediatez: Su objetivo es poder vender el mayor número de productos, para ello facilitan lo máximo posible la inmediatez con solo un click, o chats instantáneos... Esto provoca que el consumidor no reflexione (aunque en verdad el problema es nuestro) y no conozca a fondo las condiciones y derechos que lleva. Si el consumidor acepta la concesión en tres minutos o menos, mucho menos se va a parar a analizarla.

Cláusulas abusivas: Dificultan el pago, por lo tanto, debemos reclamar en caso de ser vulnerados. Revisar los contratos y acudir a ADICAE sería una buena opción, allí te explicarán y revisarán la situación y conseguir evitar ser víctima.



IMPAGO DEL CRÉDITO RÁPIDO

Jamás pierdas la calma. Ahora es cuando debemos tirar de nuestros derechos.
   Debemos reunir toda la información que tenga relación con el   crédito, ya sea la publicidad, el propio contrato etc. Con toda la documentación acuda a ADICAE, se investigará la cláusula por si cabe la posibilidad de que sea abusiva. Si lo es, te ayudaran a presentar la reclamación a la empresa.
Intentarán llegar aun acuerdo de aplazamiento u otro tipo de facilitamientos.

En el registro de morosos... Usted estará en esta lista, lo cual, le dificultará cualquier otra concesión de créditos y preéstamos hasta que desaparezcas de ella. Se te avisará de que estas en ellas en un plazo de 30 días. En España existen tres listas:
ASNEF: (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) gestionada por EQUIFAX es el fichero de morosos más representativo de España

CIRBE/CIB:  Es la base de datos que pertenece al Banco de España que recoge los riesgos que las entidades de crédito tienen con sus clientes. Es un servicio público que gestiona un registro en el que aparecen casi todos los préstamos, créditos y avales.

RAI: El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) está destinado a recoger la información sobre impagos y deudas iguales o superiores a los 300 euros de las personas jurídicas. La información la facilitan las entidades financieras, pero sólo permanecerá durante 30 días.
Entrar en ellas es muy fácil, cualquier impago, por muy pequeño que sea, te llevará a ella.

Existen tres maneras de desaparecer de la lista: Pagar lo debido, demostrar que no existe el impago o dejar pasar 6 años, que es el plazo máximo establecido por la ley. Pero ojo, pasar 6 años sin poder comprar nada a plazos puede ser más complicado de lo que usted cree...
Es mejor PAGAR LA DEUDA. En este caso, envías una comunicación al fichero de morosos junto con el dinero a deber para poder justificar que ya no existirá deuda.

El reclamo llevado al extremo: Las entidades a veces recurren a otras empresas que utilizan medidas drasticas para poder cobrar así como mensajes continuos al móvil, llamadas a ala empresa en la que trabajas, mensajes amenazantes, llamadas intimidatorias...
NO LO PERMITA, la COACCIÓN NO está PERMITIDA para reclamar una deuda.
Vaya a la delegación de ADICAE y le informarán sobre cómo defenderse.





LA OFERTA DE LOS CRÉDITOS RÁPIDOS EN EL MERCADO:

Según un estudio de campo realizado por ADICAE,tras analizar las webs de las principales empresas de créditos rápidos para conocer qué tipo de interés y condiciones ofrecen llegan a la conclusión de que efectivamente los intereses de los créditos rápidos son claramente elevados.




CLÁUSULAS ABUSIVAS MÁS FRECUENTES

Según un estudio en España realizado por ADICAE, existen más de 15 tipos de cláusulas.

  • Sobre la no comunicación de los motivos de denegación del crédito. 
  • Limitan el derecho de desistimiento del consumidor o no informan sobre la forma de ejercer el mismo. El consumidor podrá desistir en 14 días. El consumidor sólo tendrá obligación de pagar el capital y el interés acumulado entre la fecha en el que dispuso del dinero y la de devolución que deberá ser antes de 30 días.
  • Sobre penalización por mora en las que se fijan unos intereses moratorios en caso de impago por el consumidor desproporcionadamente altos. Se aplica penalización por mora del 1,00% diario sobre el importe impagado, con el límite máximo del 200%
  • De cesión del crédito a un tercero y renuncia a la notificación del consumidor de la cesión del contrato y/o el crédito. El prestamista tiene obligación de informar al consumidor de la cesión del crédito w un tercer. (Por ley)
  • Relacionadas con el cómputo del plazo del préstamo. Es decir, cuando el plazo se empieza a contar desde que se firma el contrato, cuando debería de ser desde el momento que se reciba el dinero.



VÍAS DE RECLAMACIÓN

Hay que tener en cuenta, que no es lo mismo reclamar a una entidad financiera que hacerlo a una empresa no registrada como tal, es decir, las que están especializadas en créditos. 
Éstas buscan mayor rentabilidad que los bancos. Pero obviamente con ambas tienes derechos (al igual que obligaciones)
Veamos primero como reclamar a una entidad financiera, y luego a una empresa especializada.

  1. Acudir al servicio de atención al cliente, todas las entidades están obligadas a tener esta sección, hay que recurrir antes que al Banco de España. ( www.bde.es ) tienen un plazo de dos meses para responder.
  2. Si la entidad no da respuesta o se pasa el plazo, debemos poner una reclamación ante el Banco de España. Junto a la reclamación se adjunta el recibo o la copia sellada de la reclamación puesta anteriormente.
Si es una empresa de créditos rápidos:
   Enviar una reclamación al servicio de atención al cliente o al domicilio social de la entidad. 
Si la respuesta no es adecuada, podemos acudir al Departamento de Consumo de nuestra comunidad autónoma.
Los consumidores tenemos derechos, y debemos exigirlos y mostrarlos cuando se nos preste la ocasión. ¡La unión de los consumidores puede cambiar las cosas!